Ayuda Periódico
Ayuda para huérfanos con discapacidad
Desde la Fundación Antonius Musa ofrecemos un conjunto de ayudas destinadas a dar una respuesta concreta a diferentes situaciones de necesidad a las que un/a médico/a tenga que hacer frente poniendo en riesgo su bienestar y calidad de vida y/o de su entorno familiar.
La ayuda ofrecida por cuidado de huérfanos con discapacidad, corresponde a un complemento económico de pago mensual y renovable anualmente, destinado a sufragar los gastos derivados de una situación de discapacidad reconocida igual o superior al 65%.
Esta ayuda tiene por objeto ofrecer una prestación económica asistencial destinada a ayudar en la cobertura de los gastos derivados de una situación de discapacidad y/o dependencia de las personas incluidas como colectivo destinatario.
El plazo de presentación de solicitudes en la presente ayuda será el comprendido entre los días 01 y el 30 de noviembre ambos incluidos.
Esta ayuda tendrá una duración máxima de 12 meses, comprendidos de enero a diciembre, de tal forma que será necesario solicitarla nuevamente por cada período anual agotado de acuerdo con el plazo establecido.
Huérfanos de médico/a colegiado/a del Colegio de Médicos de Tarragona difunto.
Es condición indispensable que el colegiado o colegiada se encuentren al corriente de pago de las cuotas colegiales y llevara más de tres años de colegiación en situación de ejercicio.
Forma de pago de la ayuda
La presente ayuda se abonará una vez resuelta favorablemente la solicitud presentada a la/s persona/s y/o entidades que acrediten tener la patria potestad, guarda o tutela de los menores beneficiarios.
Se procederá al pago de la ayuda de forma mensual, de acuerdo con los importes aprobados, y con carácter retroactivo desde la fecha de la defunción, siempre que ésta se haya producido dentro del mismo año en el que se presenta la solicitud.
El pago efectivo se producirá a partir del mes de enero de la siguiente anualidad a la solicitud.
Con carácter extraordinario, y debidamente razonado por circunstancias especiales, los patronos podrán acordar otorgar alguna ayuda atendiendo a la urgencia y especiales necesidades de los beneficiarios.
Documentación requerida
– Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
– DNI de la persona beneficiaria de la prestación.
– Libro de Familia.
– Certificado de defunción del progenitor/a o tutor/a-guardador/a que ha causado defunción o de ambos progenitores en su caso.
– Reconocimiento de Grado de Discapacidad, Dependencia y el Plan de Atención Individualizado (PIA). De carecer de la resolución, justificante de haberla tramitado.
– Resolución judicial y/o documento acreditativo del reconocimiento de guarda, tutela, o curatela en su caso. Adjuntar DNI de quien ostente la misma.
Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar según el caso:
- Declaración de renta del último ejercicio económico de cada uno de los miembros de la unidad familiar obligados a declarar. En caso de no hacer la declaración de la renta, presentar Certificado de imputaciones del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar.
- Certificado actual de todas las pensiones públicas, las reciban o no, de toda la unidad familiar.
– Comprobante bancario que garantice la titularidad de la cuenta por parte de la persona objeto de la prestación.
– Documento fiscal que se adjunta debidamente cumplimentado (Modelo 145).
– Declaración jurada de bienes debidamente cumplimentada y firmada.
Solicitud
La solicitud se presentará mediante los canales telemáticos establecidos o presencialmente en la sede del COMT en:
- Tarragona: Via de l’Imperi Romà 11 bis, 43003.
- Reus: Calle de Antoni de Bofarull, 8, 43202.
- Tortosa: Paseo del Ebro, 24, 43500.
Consignación presupuestaria
La dotación de esta ayuda está sujeta a la existencia de la oportuna consignación presupuestaria que se determine por los patronos de la Fundación, y respecto de la que se distribuirán los importes a sus beneficiarios en función de las presentes bases y con las limitaciones que permita el total consignado.
De forma extraordinaria, y en el supuesto de que el presupuesto destinado a esta ayuda no se hubiera agotado, o por cualquier otra circunstancia que por parte del Patronato de la Fundación se considere justificado, este podrá establecer un nuevo período de presentación de solicitudes hasta agotar el importe previsto presupuestariamente.
Régimen de control y justificación
La Fundación se reserva el derecho de solicitar, complementariamente a la documentación aportada con la solicitud, toda aquella documentación e información que pueda justificar el correcto destino y uso de la ayuda solicitada, de conformidad con el objeto de la misma.
Es obligación del solicitante de la ayuda conservar cualquier documento o informe que acredite este correcto uso (facturas, registros de transferencias, justificantes de pagos, etc.).
En caso de demostrarse un uso de la ayuda otorgada diferente al del objeto de la misma (uso incorrecto de la ayuda), el solicitante tendrá la obligación de devolver el importe íntegro que hubiera estado percibiendo desde el momento de la solicitud o de la última renovación.
Cualquier solicitante que hubiera sido sancionado por el motivo mencionado no podrá volver a solicitar ninguna ayuda de la Fundación en un plazo de tres años a partir del siguiente período de presentación de solicitudes.
Ante el requerimiento de la Fundación de presentar esta documentación acreditativa complementaria, si el solicitante de la ayuda no respondiera en el plazo prudencial de 10 días hábiles, se considerará a los mismos efectos que si se hubiera demostrado el uso incorrecto de la ayuda, aplicándose las mismas sanciones mencionadas en este apartado.
Los canales utilizados para cualquier requerimiento por parte de la Fundación al solicitante serán los establecidos en la solicitud presentada por el mismo (dirección postal, número de teléfono y e-mail). En caso de que una o todas estas vías de comunicación cambien o dejen de ser operativas, es obligación del solicitante comunicar a la Fundación este cambio.
Tratamiento de datos de carácter personal
El responsable del tratamiento es la Fundación de Protección Social Antonius Musa, con CIF A58489758 y domicilio en la Via de l’Imperi Romà, 11 bis de 43003 Tarragona. Los datos personales facilitados por los usuarios son los suyos propios o de terceros, que deberán haber sido informados previamente de su comunicación, y son siempre tratados legítimamente por el Responsable del Tratamiento, siendo el consentimiento su base legal aplicable, que se acredita mediante su aceptación expresa. Este consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento. Los datos personales podrán ser comunicados a los proveedores de servicios con los que nuestra entidad colabore y que sea necesaria su comunicación para poder atender su solicitud o prestarle los servicios contratados en cada momento. Los datos personales se conservarán durante el plazo que sea necesario para dar cumplimiento a la solicitud formulada o, en su caso, al servicio contratado y, en todo caso, durante el plazo que la legislación vigente establezca en cada momento desde su finalización. Los usuarios pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición al tratamiento de los datos ante el Responsable del tratamiento: Fundación de Protección Social Antonius Musa, con domicilio en la Via de l’Imperi Romà, 11 bis de 43003 Tarragona, por correo postal, email: fundacio@comt.cat. Los usuarios pueden, también, presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. La información personal recabada de los usuarios es tratada por el Responsable del Tratamiento asumiendo las medidas de índole técnica, organizativa y de seguridad necesarias que garanticen la confidencialidad e integridad de la información y la protección de los derechos y libertades de las personas físicas de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales así como el resto de normativa aplicable en materia de tratamiento de datos personales.
Ayuda Periódica
Ayuda por médicos con discapacidad
Desde la Fundación Antonius Musa ofrecemos un conjunto de ayudas destinadas a dar una respuesta concreta a diferentes situaciones de necesidad a las que se puede tener que hacer frente.
La ayuda ofrecida por el médico/a con discapacidad, corresponde a un complemento económico de pago mensual y renovable anualmente, destinado a atender las necesidades básicas de la vida de personas en situación de discapacidad y de carencia o insuficiencia de recursos económicos.
Esta ayuda tiene por objeto ofrecer una prestación económica asistencial destinada a ayudar al médico/a colegiado/a en situaciones de discapacidad y carencias o insuficiencia de recursos económicos y/o patrimoniales.
El plazo de presentación de solicitudes en la presente ayuda será el comprendido entre los días 01 y el 30 de noviembre ambos incluidos.
Esta ayuda tendrá una duración máxima de 12 meses, comprendidos de enero a diciembre, de tal forma que será necesario solicitarla nuevamente por cada período anual agotado de acuerdo con el plazo establecido.
Los beneficiarios serán aquellos colegiados y colegiadas del Colegio Oficial de Médicos de Tarragona.
Es condición indispensable que el colegiado o colegiada se encuentre al corriente de pago de las cuotas colegiales y lleve más de tres años de colegiación en situación de ejercicio.
Ingressos individuals de 0,00.-€ a 15.000,00.-€…………….. fins a un màxim de 1000.-€ segons coeficient corrector*
Ingressos individuals des de 15.000,01.-€ fins 30.000.-€ ……fins a un màxim de 750.-€ segons coeficient corrector.
Ingressos unitat familiar des de 0,00.-€ fins a 30.000,0.-€ . fins a un màxim de 1000.-€. segons coeficient corrector.
Ingressos unitat familiar des de 30.000,01.-€ fins 60.000,00.-€…..fins a un màxim de 750.-€ segons coeficient corrector.
coeficient corrector: càlcul ponderat que s’aplicarà atenent a la disponibilitat de la partida pressupostària prevista per aquest ajut en funció del núm. de sol·licituds acceptades.
- Metge/-essa col·legiat/-ada del Col·legi de Metges de Tarragona.
- Tenir reconeguda una discapacitat permanent de caràcter físic, psíquic, sensorial o múltiple, igual o superior al 65%, que l’incapaciti per qualsevol activitat laboral.
- No disposar de recursos econòmics o béns patrimonials, o que aquests siguin insuficients.
- En el cas d’aquest ajut, s’hi pot optar quan el nivell d’ingressos de la persona beneficiària i del seu nucli familiar* no superi els 60.000€ anuals. En el cas que el beneficiari visqui sol o en una Residència el nivell d’ingressos no pot superar els 30.000€ anuals.
- Sol·licitar o renovar qualsevol prestació pública que pogués correspondre. En cap cas, la prestació assistencial de la Fundació serà d’una quantia que disminueixi una prestació pública.
- Per als metges col·legiats i prèvia valoració de necessitat social, es podrà, per part dels patrons, no tenir en compte els requisits econòmics.
- Cal recordar que totes les prestacions tant econòmiques com en espècie estan subjectes a retenció i han de ser considerades com a rendiment del treball, a la declaració de la renta.
- *Unitat / Nucli familiar: Unitat composta pels cònjuges, els seus fills fins a l’edat de 25 anys i majors de 25 anys incapacitats legalment o amb discapacitat oficialment reconeguda igual o superior al 65%, així com altres convivents amb situació de dependència.
Incompatibilitats
Prestació metge jubilat en situació de precarietat econòmica.
Ajut per viduïtat.
Ajut educacional per a menors de 18 anys.
Ajuda mensual per a plaça en residència.
Suport Econòmic per l’adaptació de la llar o ajudes tècniques i productes per la cura personal.
Qualsevol altra prestació de la Fundació que compleixi una finalitat similar, prèvia valoració.
Forma de pago de la ayuda
La presente ayuda se abonará una vez resuelta favorablemente la solicitud presentada.
Es procedirà al pagament de l’ajut de manera mensual, d’acord amb els imports aprovats, i amb caràcter retroactiu des de la data de la obtenció del grau de discapacitat igual o superior al 65%, sempre que aquesta s’hagi produït dins del mateix any en el que es presenta la sol·licitud.
El pago efectivo se producirá a partir del mes de enero de la siguiente anualidad a la solicitud.
Con carácter extraordinario, y debidamente razonado por circunstancias especiales, los patronos podrán acordar otorgar alguna ayuda atendiendo a la urgencia y especiales necesidades de los beneficiarios.
Documentación requerida
– Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado.
– DNI de la persona beneficiària de la prestació.
– Libro de Familia.
– Resolució judicial i/o document acreditatiu del reconeixement de guarda, tutela, o curatela si és el cas. Adjuntar DNI de qui ostenti la mateixa.
– Fotocòpia de Resolució Reconeixement del Grau de Discapacitat,
Justificantes de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar según el caso:
- Declaración de renta del último ejercicio económico de cada uno de los miembros de la unidad familiar obligado a declarar.
En caso de no realizar la declaración de la renta, presentar Certificado de imputaciones del IRPF de todos los miembros de la unidad familiar.
- Certificado actual de todas las pensiones públicas, las reciban o no, de toda la unidad familiar.
– Comprovant bancari que garanteixi la titularitat del compte per part de la persona objecte de la prestació.
– Documento fiscal que se adjunta debidamente cumplimentado (Modelo 145).
– Declaración jurada de bienes debidamente cumplimentada y firmada.
Solicitud
La solicitud se presentará mediante los canales telemáticos establecidos o presencialmente en la sede del COMT en:
- Tarragona: Via de l’Imperi Romà 11 bis, 43003.
- Reus: Calle de Antoni de Bofarull, 8, 43202.
- Tortosa: Paseo del Ebro, 24, 43500.
Consignación presupuestaria
La dotación de esta ayuda está sujeta a la existencia de la oportuna consignación presupuestaria que se determine por los patronos de la Fundación, y respecto de la que se distribuirán los importes a sus beneficiarios en función de las presentes bases y con las limitaciones que permita el total consignado.
De forma extraordinaria, y en el supuesto de que el presupuesto destinado a esta ayuda no se hubiera agotado, o por cualquier otra circunstancia que por parte del Patronato de la Fundación se considere justificado, este podrá establecer un nuevo período de presentación de solicitudes hasta agotar el importe previsto presupuestariamente.
Régimen de control y justificación
La Fundación se reserva el derecho de solicitar, complementariamente a la documentación aportada con la solicitud, toda aquella documentación e información que pueda justificar el correcto destino y uso de la ayuda solicitada, de conformidad con el objeto de la misma.
Es obligación del solicitante de la ayuda conservar cualquier documento o informe que acredite este correcto uso (facturas, registros de transferencias, justificantes de pagos, etc.).
En caso de demostrarse un uso de la ayuda otorgada diferente al del objeto de la misma (uso incorrecto de la ayuda), el solicitante tendrá la obligación de devolver el importe íntegro que hubiera estado percibiendo desde el momento de la solicitud o de la última renovación.
Cualquier solicitante que hubiera sido sancionado por el motivo mencionado no podrá volver a solicitar ninguna ayuda de la Fundación en un plazo de tres años a partir del siguiente período de presentación de solicitudes.
Ante el requerimiento de la Fundación de presentar esta documentación acreditativa complementaria, si el solicitante de la ayuda no respondiera en el plazo prudencial de 10 días hábiles, se considerará a los mismos efectos que si se hubiera demostrado el uso incorrecto de la ayuda, aplicándose las mismas sanciones mencionadas en este apartado.
Los canales utilizados por cualquier requerimiento por parte de la Fundación al solicitante serán los establecidos en la solicitud presentada por el mismo (dirección postal, número de teléfono y e-mail). En caso de que una o todas estas vías de comunicación cambien o dejen de ser operativas, es obligación del solicitante comunicar a la Fundación este cambio.
Incompatibilitats
Prestació metge jubilat.
Ajuda mensual per a plaça en residència.
Suport Econòmic per l’adaptació de la llar o ajudes tècniques i productes per la cura personal.
Qualsevol altra prestació de la Fundació que compleixi una finalitat similar, prèvia valoració.
Tratamiento de datos de carácter personal
El responsable del tratamiento es la Fundación de Protección Social Antonius Musa., con CIF A58489758 y domicilio en la Vía del Imperio Romano, 11 bis de 43003 Tarragona. Los datos personales facilitados por los usuarios son sus propios o de terceros, que tendrán que haber sido informados previamente de su comunicación, y son siempre tratados legítimamente por el Responsable del Tratamiento, siendo el consentimiento su base legal aplicable, que se acredita mediante su aceptación expresa. Este consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento. Los datos personales podrán ser comunicados a los proveedores de servicios con los que nuestra entidad colabore y que sea necesaria su comunicación para poder atender su solicitud o prestarle los servicios contratados en cada momento. Los datos personales se conservarán durante el plazo que sea necesario para dar cumplimiento a la solicitud formulada o, en su caso, al servicio contratado y, en cualquier caso, durante el plazo que la legislación vigente establezca en cada momento desde su finalización. Los usuarios pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación y oposición al tratamiento de los datos frente al Responsable del tratamiento: Fundación de Protección Social Antonius Musa, con domicilio en la Vía del Imperio Romano, 11 bis de 43003 Tarragona, por correo postal, email: fundacio@comt.cat. Los usuarios pueden también presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. La información personal recabada de los usuarios es tratada por el Responsable del Tratamiento asumiendo las medidas de índole técnica, organizativa y de seguridad necesarias que garanticen la confidencialidad e integridad de la información y la protección de los derechos y libertades de las personas físicas de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento y del Consejo, de 27 de la físicas en lo que se refiere al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos y la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales así como el resto de normativa aplicable en materia de tratamiento de datos personales.

